¿Cómo se valoran las concesiones mineras? Lo que debes saber si estás en el sector

A propósito de la alta valorización de los minerales a inicios de año, una de las preguntas que más se han ido formulando en torno al sector minero gira en torno a cuánto vale realmente una concesión minera y cómo debe reflejarse ese valor en los estados financieros. Aunque a primera vista podría tratarse de un aspecto técnico, la respuesta no es simple. En ese sentido, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) nos dan una hoja de ruta clara para entenderlo y despejar el panorama; sin embargo, su aplicación exige conocer primero la naturaleza del mundo de las concesiones.

Una concesión minera otorga el derecho exclusivo para explorar o explotar minerales en una zona específica. Para la contabilidad, se trata de un activo intangible, y su valor depende de cómo fue obtenida y en qué etapa del proyecto se encuentra.

Un caso simple para entrar en materia

Cuando una empresa obtiene y desarrolla una concesión por su cuenta —por ejemplo, pagando derechos mineros o realizando estudios geológicos preliminares— solo puede registrar en su contabilidad los costos reales incurridos. Aquí, es importante destacar, no se permite agregar valor adicional por el potencial del yacimiento, por más prometedor que parezca sobre el papel.

Este tratamiento está regulado principalmente por dos normas: La NIC 38, para activos intangibles en general, y la NIIF 6, aplicada a actividades de exploración y evaluación de recursos minerales.

La NIIF 6, en particular, ofrece bastante flexibilidad en las etapas tempranas del proyecto. ¿Qué significa esto en la práctica? Que mientras exista un plan de exploración activo y la empresa cuente con financiamiento suficiente, no está obligada a realizar pruebas de deterioro (es decir, verificar si el valor contable ha caído). En otras palabras, se puede mantener el valor registrado, aunque aún no haya reservas económicamente explotables confirmadas.

Para uso del valor razonable

Solo en casos muy específicos se permite que una concesión minera se registre a su valor razonable, es decir, a una estimación cercana a su precio de mercado. Esto ocurre únicamente cuando la concesión se adquiere como parte de una combinación de negocios, o sea, cuando se compra una empresa minera o un proyecto ya estructurado, con su propio equipo, sistemas, activos complementarios y procesos operativos.

En este tipo de transacciones, la NIIF 3 obliga a reconocer todos los activos adquiridos —incluidas las concesiones mineras— a su valor razonable, una estimación que puede determinarse mediante tres enfoques reconocidos: el de mercado, que compara transacciones similares (ajustadas por condiciones específicas); el de ingresos, basado en la proyección de flujos de efectivo futuros, basada en reservas comprobadas y precios de mercado; y el de costos, que estima la reposición del activo (menos depreciación).

Este valor debe ser técnicamente sustentado y documentado, siguiendo la NIIF 13. Si resulta mayor que el costo histórico, el exceso se reconoce en los estados financieros, y cuando no es posible asignarlo directamente a la concesión, este podría atribuirse parcialmente al goodwill (plusvalía).

En caso de que se compre una concesión

En la práctica minera, muchos acuerdos no implican la compra de una empresa completa, sino simplemente la adquisición de una concesión. En estos casos, no se aplica la NIIF 3, y por lo tanto, no se puede usar el valor razonable.

Aquí se trata de una compra de activo. La concesión debe registrarse al precio efectivamente pagado, más los costos directamente asociados —desde trámites legales y asesoría técnica hasta impuestos relacionados con la adquisición—. Aunque el precio pagado puede ser alto debido al potencial económico del área, no se puede registrar un valor adicional por expectativas, sin embargo, es usual que el precio pagado en una transacción entre partes conocedoras sea cercano al valor razonable.

Esto genera una situación interesante: una empresa que desarrolló su concesión desde cero, tendrá un valor contable más bajo que otra que la compró a un tercero, incluso si ambas tienen el mismo potencial. Pero esto no es un error; es una consecuencia natural del modelo contable basado en el costo histórico, que prioriza lo efectivamente desembolsado, no las proyecciones futuras.

Cuando el valor de la concesión baja

Tanto si la concesión fue desarrollada como si fue adquirida, su valor debe revisarse regularmente. Si surgen señales de que podría haber perdido valor —como una caída significativa en el precio de los minerales o resultados poco alentadores en la exploración— la empresa está obligada a realizar una prueba de deterioro.

Para concesiones en etapas avanzadas con reservas comprobadas, el valor recuperable se determina como el mayor valor entre el valor razonable menos costos de venta y el valor en uso, calculado mediante flujos de efectivo futuros descontados basados en planes de mina aprobados que incluyen las proyecciones de la producción y costos futuros.

En etapas exploratorias sin reservas definidas, la valoración se basa principalmente en transacciones comparables de mercado o, en su defecto, en valoraciones técnicas especializadas que consideren el potencial geológico.

Quienes están detrás de las valorizaciones

Cuando es necesario determinar el valor razonable (por ejemplo, en una compra bajo la NIIF 3), las empresas suelen contratar valuadores independientes con experiencia minera. Es fundamental que el análisis se haga con supuestos realistas y criterios de mercado, tal como exige la NIIF 13.

Todo el proceso debe quedar meticulosamente documentado —la metodología empleada, los supuestos utilizados, los riesgos identificados y los distintos escenarios evaluados—. No es solo un requisito para los auditores: también es información clave para inversionistas y reguladores.

Es por ello que, en resumen, no se puede registrar una concesión minera a valor razonable solo porque se crea que vale más. Para hacerlo, debe haberse adquirido como parte de una combinación de negocios (NIIF 3), y debe existir un sustento técnico claro. En el resto de los casos, rige el costo incurrido.

Entender estas diferencias es clave para evitar errores contables y mostrar una imagen financiera realista en un sector tan técnico, volátil y regulado como el minero.

Fuente: energiminas.com

Fecha: 5 junio, 2026

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