El Ministerio de Energía y Minas (Minem) alista una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) que daría hasta fines de 2028 a unos 30,000 mineros para completar su formalización. La propuesta será presentada el próximo 15 de octubre y plantea un régimen excepcional para quienes mantengan requisitos pendientes.
El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, indicó que la iniciativa busca ordenar las reglas aplicables a la pequeña minería y minería artesanal, además de reforzar los mecanismos de autorización, supervisión, fiscalización y trazabilidad.
El proyecto comprende 21 artículos y disposiciones complementarias. Su principal cambio es la creación de dos vías: un régimen ordinario permanente y otro de consolidación, de carácter temporal y excepcional.
Ley MAPE: ¿qué pasará con los mineros inscritos en el Reinfo?
El proceso de formalización asociado al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) concluiría el 31 de diciembre de 2026. Sin embargo, los expedientes pendientes continuarían bajo un mecanismo transitorio.
Los mineros inscritos a esa fecha pasarían al régimen de consolidación desde el 1 de enero de 2027 hasta el 31 de diciembre de 2028. En ese periodo podrían completar las exigencias necesarias para incorporarse al régimen ordinario.
La iniciativa contempla una habilitación temporal para operar en las coordenadas declaradas, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la norma.
El beneficio alcanzaría a unos 30,000 mineros en proceso de regularización. No se admitirían nuevos ingresos al régimen excepcional: los operadores que busquen iniciar actividades tendrían que cumplir las exigencias de la vía ordinaria.
Esta última incluiría autorización sectorial, certificación ambiental y obligaciones de información, trazabilidad y fiscalización, con requisitos diferenciados según las características de cada operación.
Formape: el nuevo organismo que asumiría la formalización
La propuesta también plantea crear el Organismo Nacional para el Fortalecimiento de la Minería Artesanal y Pequeña Minería (Formape), adscrito al Minem y con autonomía técnica, funcional, administrativa y financiera.
El ministerio conservaría la conducción de las políticas nacionales, mientras que el nuevo organismo ejecutaría programas y servicios y gestionaría los regímenes ordinario y de consolidación.
Entre sus competencias estarían evaluar instrumentos de gestión ambiental, acreditar a pequeños productores mineros y productores mineros artesanales, y emitir autorizaciones para iniciar o reiniciar operaciones. También administraría los sistemas de información y trazabilidad.
Hasta que el Formape comience a operar, estas funciones permanecerían en manos de la Dirección de Formalización Minera.
Minería artesanal: requisitos ambientales se ajustarían al riesgo
La propuesta mantendría las obligaciones ambientales, pero plantea adecuar los requisitos a las condiciones territoriales y al nivel de riesgo de las actividades, incluidas las operaciones en zonas desérticas.
Los operadores deberán contar con certificación ambiental y cumplir los criterios del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos específicos se definirían mediante decreto supremo.
El proyecto también incorpora mecanismos para rastrear el origen, traslado, recepción, beneficio, procesamiento y comercialización de los minerales.
A ello se suman una ventanilla única para centralizar los procedimientos administrativos y una casilla electrónica obligatoria para las notificaciones.
Banco de la Nación abriría cuentas para operadores MAPE
Otro componente de la iniciativa es autorizar expresamente al Banco de la Nación a ofrecer cuentas corrientes y de ahorro a pequeños mineros y mineros artesanales, ante las dificultades de acceso a la banca comercial.
Asimismo, se plantean incentivos para que los titulares de concesiones del régimen general firmen contratos de explotación con operadores MAPE por un mínimo de tres años.
En las áreas comprendidas en esos acuerdos, se aplicaría un derecho de vigencia reducido, equivalente al correspondiente a los pequeños productores mineros, y una exoneración de la penalidad, según los términos de la propuesta.
El Minem también podría reservar temporalmente áreas cuyos derechos mineros hayan quedado extinguidos y que se superpongan con las coordenadas declaradas por operadores del régimen de consolidación. Estos tendrían un derecho preferente sobre dichas áreas, bajo las condiciones previstas.
Nueva Ley MAPE modificaría la responsabilidad ambiental
El proyecto propone modificar el artículo 19 de la Ley N.° 27651 para precisar las responsabilidades por incumplimientos ambientales y de seguridad y salud ocupacional.
Cuando exista un contrato de explotación o cesión, el operador asumiría la responsabilidad por las infracciones derivadas de sus actividades. Sin un contrato vigente, el titular de la concesión respondería solidariamente por los impactos ambientales si la autoridad competente acredita su participación.
Además, el incumplimiento ambiental formalmente comprobado constituiría una causal automática de resolución del contrato de explotación.
Reglamento tendría un plazo de 120 días
La propuesta fija un plazo de 120 días calendario desde la publicación de la ley para aprobar los reglamentos y adecuar las normas complementarias.
En ese periodo se elaborarían los reglamentos general y ambiental y se evaluarían medidas de simplificación tributaria con participación del MEF, la Sunat y el Minem.
También se establecerían reglas para la adquisición, almacenamiento y uso de explosivos, bajo responsabilidad del Ministerio del Interior.
Por último, el Ejecutivo tendría que remitir al Congreso el proyecto de Ley de Organización y Funciones del Formape.
Fuente: dipromin.com
Fecha: 12 octubre, 2026

